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Ley de Salud Mental en Uruguay: ¿promesa de transformación o reforma inconclusa?

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Día

  • Jueves 27 de noviembre

Hora de inicio

  • 17:00

Hora de finalización

  • 18:30

Lugar

  • Salón 3

    Edificio
    Facultad de Psicología
    Dirección
    Tristán Narvaja 1674 - Montevideo
    Plano
    Plano de ubicación del salón 3
Resumen

La Ley n.º 19.529, sancionada en Uruguay en el año 2017, ha sido reconocida como un avance normativo significativo orientado a una reconfiguración profunda del sistema de atención psiquiátrica. Su eje rector consiste en consagrar el derecho a la salud mental desde un enfoque basado en los derechos humanos, promoviendo estrategias de atención comunitaria, la progresiva desinstitucionalización de los usuarios y su plena inclusión en la vida social. No obstante, a pesar del impulso innovador que representa su formulación, la implementación efectiva de esta ley ha estado marcada por obstáculos estructurales que han generado una distancia preocupante entre los principios que proclama y la realidad del sistema de salud mental.

Entre los principales factores que limitan su aplicación se encuentra la crónica insuficiencia de recursos financieros, así como la lentitud en las respuestas estatales.

El Plan Nacional de Salud Mental 2020-2027, concebido como el instrumento operativo central para llevar adelante la transformación que propone la ley, continúa sin contar con un presupuesto adecuado, incluso luego de más de cinco años de vigencia. Esta limitación impide el desarrollo de dispositivos comunitarios, redes de atención descentralizadas y estrategias de acompañamiento que son esenciales para concretar el cambio de paradigma.

Uno de los indicadores más notorios de estos déficits es el incumplimiento del compromiso legal de cerrar, antes de 2025, los establecimientos monovalentes de larga estancia como las colonias psiquiátricas Santín Carlos Rossi y Etchepare. A pesar de que el texto normativo explicita esa meta, desde la propia Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) se ha reconocido que no será alcanzada, debido tanto a la falta de asignación presupuestaria como a la ausencia de programas de egreso sostenibles para los usuarios allí internados. Esta situación no solo contradice lo dispuesto por la ley, sino que perpetúa prácticas violatorias de derechos humanos al mantener a personas en condiciones de internación prolongada que la normativa se propone precisamente superar.

Otro problema de gran envergadura radica en la persistencia de lógicas biomédicas tradicionales dentro del sistema de atención, que conviven —y en ocasiones prevalecen— frente a las directrices del nuevo marco legal. Diversas organizaciones y gremios profesionales han señalado que el cambio en las prácticas cotidianas ha sido escaso, y que persisten resistencias a modificar enfoques clínicos hegemónicos. Un informe elaborado por la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH) sobre las Unidades de Corta Estadía, dispositivos clave del nuevo modelo de atención, reveló múltiples falencias. Entre ellas se mencionan la sobrecarga del personal de enfermería, su escasa formación en salud mental y derechos humanos, la insuficiencia de propuestas terapéuticas y recreativas, y la aplicación de medidas restrictivas que vulneran los derechos de los usuarios.

Particularmente grave resulta la documentación del uso de habitaciones de aislamiento sin criterios terapéuticos claros, así como la presencia de cámaras de videovigilancia en los baños, lo cual implica una violación directa al derecho a la intimidad y a la dignidad de las personas internadas. Estos hallazgos evidencian que el cambio requerido no es únicamente institucional o material, sino que exige una transformación cultural profunda de los dispositivos y del sistema en su conjunto.

Todo lo anterior ocurre en un contexto de creciente deterioro de los indicadores de salud mental en el país. Uruguay ha registrado un incremento significativo en la prevalencia de trastornos psíquicos, especialmente en niños, adolescentes y personas mayores. En 2022, la tasa de suicidios alcanzó niveles históricos, superando en un 8 % la cifra del año anterior. La pandemia de Covid-19 no solo exacerbó estos fenómenos, sino que visibilizó la fragilidad de los dispositivos existentes frente a la creciente demanda. La ansiedad, el estrés, el malestar emocional y el aumento de la violencia hacia niños y adolescentes constituyen factores de riesgo acumulativos. En este escenario, la respuesta institucional ha resultado insuficiente: no se han desarrollado líneas telefónicas permanentes y accesibles para la prevención del suicidio ni programas formativos de alcance nacional dirigidos al personal de salud y a los agentes comunitarios.

A la luz de estas evidencias, se propone la conformación de una mesa de discusión que aborde algunas de las múltiples dimensiones y aristas que configuran el campo fenomenológico delimitado por este marco legal. El objetivo es contribuir, desde una reflexión crítica, colectiva y propositiva, al debate necesario para evitar que esta ley —concebida como instrumento de garantía de derechos y de transformación del modelo de atención— quede reducida a una promesa incumplida en el ámbito de la salud mental.

Objetivos: 1. Reflexionar colectivamente sobre los avances, límites y contradicciones en la implementación de la Ley N.º 19.529 en Uruguay. 2. Visibilizar las brechas entre el diseño normativo y la realidad asistencial en salud mental, a partir de evidencias empíricas, testimonios y marcos teóricos. 3. Debatir el rol del Estado, los actores institucionales y los movimientos sociales en la disputa por un modelo de atención centrado en derechos y la participación de la comunidad. 4. Contribuir a la construcción de una agenda crítica que impulse transformaciones estructurales en la política pública de salud mental.

Expone/n

Fernández Romar, Juan Enrique
Irrazábal Juanicotenea, Enrico
Curbelo Arroqui, Evangelina
Facultad de Psicología, Universidad de la República. Uruguay.

Formato

  • Grupo de trabajo

Eje temático

  • 2. Estado, políticas públicas, derechos y movimientos sociales

 

Aclaración
Se ha procurado respetar los distintos modos de escritura vinculados a la nominación de pronombres, en consonancia con los principios de inclusión y reconocimiento de la diversidad. Esta decisión editorial responde al compromiso de visibilizar las múltiples identidades de género y las formas en que las personas eligen nombrarse, promoviendo un lenguaje respetuoso y plural. En este sentido, se han mantenido las elecciones lingüísticas de cada autor/a/e, entendiendo que el uso de pronombres y recursos gramaticales inclusivos forma parte de una construcción identitaria legítima y necesaria en el ámbito académico y social. 

 

 

Organiza

Facultad de Psicología, Udelar

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Fotografía de la plaza de la Independencia en Montevideo,
recuperada de istockphoto. Créditos: ivotheeditors
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